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¿Por qué los programas de austeridad impuestos por la Troika son ilegales?


5 de enero por Renaud VivienCADTM

La Troika, nacida en 2010, está compuesta por la Comisión Europea, el Banco Central Europeo (BCE) y el Fondo Monetario Internacional (FMI). De la misma forma que el Banco Mundial, que impone con el FMI programas de ajuste estructural en los países de Sur desde la crisis de 1982, la Troika dicta las medidas de austeridad en violación flagrante de los derechos de los pueblos, consagrados en la Carta de la ONU de 1945 (artículo 1-2), y de los Pactos Internacionales de 1966 sobre los derechos humanos (artículo 1).

Las primeras víctimas de la Troika son los pueblos griego, portugués, irlandés, chipriota y español. Debido a la situación de apuros financieros en estos países, la Troika, aprovechando su posición de fuerza, les ha impuesto sendos « memorandums » : programas con una lista de medidas de austeridad (despidos de funcionarios, destmantelamiento de la protección social y los servicios públicos, disminución de los presupuestos sociales, aumento de los impuestos indirectos como el IVA, bajadas de salarios, etc) que los gobiernos debían aplicar letra por letra para poder acceder al préstamos de la Troika.

Diversos informes oficiales publicados en 2013 y en 2014, de los que destacan el del Comisario Europeo por los Derechos Humanos en el Consejo de Europa |1| y el del aún Experto de la ONU sobre la deuda |2|, subrayan que los memorándums conllevan la degradación de las condiciones de vida de las poblaciones. Incluida en estos informes, se encuentra la opinión legal del profesor de derecho Andreas Fischer-Lescano, comisario por la Cámara de Trabajo de Viena |3|.

Este jurista demuestra con precisión que los programas de la Troika son ilegales en virtud del derecho europeo e internacional. Estos memorándums violan una serie de derechos fundamentales como el derecho a la sanidad, a la educación, a la vivienda, a la seguridad social, a un salario justo, a la propiedad privada, pero también el derecho a la libertad de asociación y de negociación colectiva. Todos estos derechos son protegidos por numerosos textos jurídicos a nivel internacional y europeo como: la Carta de los Drechos Fundamentales de la Unión Europea, la Convención Europea de los Derechos del Hombre, la Carta Social Europea, los Dos Pactos de la ONU sobre los Derechos Humanos, la Carta de la ONU, la Convención dela ONU relativa a los derechos de las personas con discapacidad, y también las convenciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), las cuales incluyen los estatutos de principio general de derecho (PGD) como subraya este estudio jurídico.

La lista de los artículos violados por los memorándums, que enumera meticulosamente el profesor Fischer-Lescano, es impresionante e imputa responsabilidad jurídica a las tres organizaciones que forman la Troika. El informe nos recuerda una cosa importante : el respeto a los derechos humanos inscritos dentro de las convenciones europeas e internacionales, y también en los PGD y de la costumbre internacional, de los que forman parte los pactos de la ONU sobre los derechos humanos, no sólo se imponen a los Estados sino también a las organizaciones internacionales como el BCE, la Comisión Europea y el FMI, y también al Banco Mundial.

Para afirmar la anterior, el estudio se apoya en los artículos inscritos en las convenciones como la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (artículo 51), sobre una serie de veredictos y opiniones emitidas por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) |4| y por la Corte de Justicia de la UE |5| el 19 de marzo de 1993, y también de avisos emitidos por los Comités de la UE |6| y de la ONU |7|.

Fischer-Lescano recuerda igualmente que los Estados, en tanto que toman las decisiones en el seno de las organizaciones internacionales, deben respetar los tratados de protección de los derechos humanos que han ratificado individualmente, así como los PGD y la costumbre internacional. Estas obligaciones son válidas en todas las circunstancias. Consecuentemente, la Troika y los Estados no pueden utilizar esta crisis como pretexto para suspender sus obligaciones de proteger los derechos humanos.

La Troika está obligada a respetar y también de proteger los derechos humanos : es decir evitar que terceros cometan esas violaciones de derechos humanos. No obstante, es precisamente lo contrario de lo que hace a través de la imposición de sus memorándums. El estudio destaca los efectos jurídicamente vinculantes de los programas de austeridad en los que la implementación de éstos por parte de los gobiernos lleva inevitablemente a pisotear los derechos humanos. Reponsabilizar solamente a los gobiernos, aunque cómplices, eximiendo a la Troika de rendir cuentas por sus acciones, no debe continuar aceptándose. Por lo tanto, la responsabilidad jurídica de la Comisión Europea, del BCE y del FMI es encuentra incluida desde el momento de las negociaciones y de la firma de los memorándums.

Estos memorándums son también ilegales a causa de la actuación de la Troika más allá de sus competencias. Ésta no está habilitada, en virtud de los Tratados Europeos, a legislar sobre el derecho a huelga, a la sanidad, sobre el derecho de asociación, de educación ni sobre la reglamentación de los niveles salariales. Además, la exclusión total del Parlamento Europeo de la elaboración y firma de los memorándums viola el principio de separación de poderes protegido por el artículo 10 del Tratado sobre la UE, así como las reglas de procedimiento legislativo fijadas por el artículo 218 del Tratado sobre el funcionamiento de la UE.

La conclusión no deja lugar a apelación : estos programas son ilegales y la Troika actúa de forma fraudulenta. Esto entraña al menos tres consecuencias. Primeramente, los memorándums deben ser abrogados. Como recomienda el estudio, el Parlamento Europeo tiene el derecho a demandar su anulación ante el CIJ. Los gobiernos, presionados por las movilizaciones populares, pudieran, si tuvieran la voluntad política, declarar la nulidad de los programas de austeridad sobre el fundamento de derecho. Segundo, los préstamos de la Troika acordados en contrapartida de estos memorándums son odiosos y deben ser anulados sin condiciones. Subrayamos que el argumento jurídico de la deuda odiosa y la posición del CADTM son citadas en el estudio |8|.

El reembolso de esta deuda podría ser inmediatamente suspendido vista la superioridad de los derechos humanos por encima de los otros compromisos del Estado con sus acreedores, en virtud del artículo 103 de la Carta de la ONU. En tercer lugar, se debe perseguir mediante la justicia a la Comisión Europea, el BCE, el FMI y los Estados que apliquen o hayan aplicado estos programas de austeridad ilegales, así como los Estados que lleven a cabo estos programas en el seno de sus instituciones.

Notas
|1| Informe « Safegarding human rights in time of economic crises », publié le 3 décembre 2013, disponible en ligne sur https://wcd.coe.int/com.instranet.I…

|2| Informe de la misión en Grecia presentada al Consejo de derechos del hombre de la ONU el 5 marzo de 2014, disponible en http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/HR….

|3| Informe « Human Rights in Times of Austerity Policy », publié le 17 février 2014, disponible surhttp://www.etui.org/content/downloa…).pdf.

|4| Ver « Poulsen » (1992)

|5| Opinión 2/91

|6| Opinión de la commisión de asuntos constitucionales, 11 febrero de 2014, 2013/2277

|7| Comentario general  n°8 del Comité de droits económicos, sociales y culturales de la ONU (1997), UN Doc. E/C.12/1997/8

|8| http://cadtm.org/Grece-Irlande-et-P…

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