El Fondo de Liquidación Bancario Europeo, otro mecanismo para socializar pérdidas bancarias


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Escrito por Sergi Cutillas, Javier Soraluce, Carlos Sánchez-Mato

Finalmente el Ecofin (Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea) ha acordado crear el fondo para liquidar bancos a nivel europeo, o sea, para garantizar el dinero de los depositantes, que se llamará Mecanismo Único de Resolución (MUR) (o su acrónimo en inglés SRM, Single Resolution Mechanism).

En este nuevo pacto ha habido, como viene pasando últimamente un claro ganador. Alemania se ha asegurado de que la Comisión Europea no tenga la última palabra, evitando así que pueda liquidar bancos alemanes, además de asegurarse de que no tendrá que rescatar bancos extranjeros con dinero de sus contribuyentes durante los próximos 10 años a no ser que haya nuevos acuerdos para avanzar en la integración europea.

La banca europea irá añadiendo en este fondo 5.500 millones al año, hasta llegar a 55.000 millones de euros en 2026. Esta es una cifra ridícula, en comparación con las cifras que maneja el sector bancario. El fondo estará compartimentado por países hasta esta fecha, lo que significa que si un banco español quiebra antes del 2026, el dinero que se usará será la parte que los bancos españoles hayan puesto en el fondo. Si este fuera el caso, es obvio que no habría suficiente dinero, ya que la aportación de los bancos españoles será de 8.500 millones en los próximos diez años. El dinero que tienen los españoles en depósitos de hasta 100.000 euros protegidos ascendían a 31 de diciembre de 2012 a 795.000 millones de euros (Fuente: Memoria Fondo de Garantía de Depósitos). Hagan las cuentas. Si un banco de tamaño medio quebrara los 8.500 millones no servirían ni para empezar. Podemos hacernos una idea de cómo las necesidades de liquidez del sistema bancario del Estado Español superan en varios órdenes de magnitud a los 8.500 millones de euros del MUR, con el informe elaborado por la PACD: “La ilegitimidad de los Rescates a la Banca en el Estado español”.

Destacamos también que la nueva directiva señala que “los estados miembros deben asegurar que están completamente protegidos los depósitos resultantes de transacciones relativas a bienes inmobiliarios residenciales privados o ligados a eventos de la vida privada como bodas, divorcios, jubilaciones, resolución de contratos, despidos, invalidez o fallecimientos durante los doce meses siguientes a que hayan sido ingresadas en las cuentas de los clientes”. Esto extiende la cantidad de depósitos protegidos en el estado español y en el resto también. En resumen, se amplía la protección sin dotar los medios para esa protección.

Además el acuerdo incluye la fórmula bail-in, o rescate interno, ya aplicada por ejercicio de la Troika en el rescate a Chipre. Consiste en que los depositantes con más de 100.000€ sufran parte de las pérdidas en la liquidación. Este modelo de rescate se vendió desde la Comisión Europea como “único por toda una serie de razones“, aunque poco después ya reconocieron este formato como modelo para futuras crisis bancarias, a pesar de la clase media ahorradora, y que ahora vemos como queda integrado en el MUR.

En el caso de que no hubiera suficiente dinero el fondo puede acceder al dinero del MEDE (Mecanismo Europeo de Estabilidad), que es dinero de los contribuyentes. Si esto no fuera suficiente se financiará en los mercados de deuda, o sea, podrá endeudarse, con la garantía del estado. El fondo, funciona por tanto de forma similar al banco malo SAREB (Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria). El banco malo asumía activos de la banca a un precio sobrevalorado, asumiendo pérdidas a cargo del estado, reflejadas en más deuda pública. En este caso el fondo de garantía directamente dará el dinero a la banca para que devuelva el dinero a los depositantes también a cargo de la deuda pública. Con esta lectura podemos decir que el nuevo fondo de liquidación MUR nos es más que un banco malo elevado a nivel europeo. Las cantidades con las que se dota el fondo sólo sirven para tapar lo que es un mecanismo de garantía pública a la banca.

En definitiva la directiva europea reconoce la inviabilidad de la banca privada sin la existencia de una red de seguridad pública (ya sea estatal individual o estatal multilateral) que permita su existencia y que puedan financiarse con los ahorros de la ciudadanía a un coste reducido. Nadie dejaría a tipos de interés ridículamente bajos sus depósitos en entidades privadas sin la protección pública. Ese aval tiene un coste para los bancos muy bajo (0,8% de los depósitos garantizados) por lo que supone una transferencia directa y neta de recursos del ámbito público al ámbito de las entidades financieras privadas. No es un aval “a precios de mercado”.

Es interesante hacer incidencia en el argumento que sostiene el bail-in. Con este sistema se pretende justificar que los depositantes son en parte culpables de las malas prácticas del banco donde tienen el dinero, porque no han realizado una tarea de supervisión. La teoría económica neoclásica, que cimienta las decisiones de las instituciones europeas, dice que los bancos existen para que los prestamistas no tengan que estar detrás de sus deudores todo el tiempo. El banco existe como institución especializada en recoger información y acumular experiencia, que le permita juzgar a quién da préstamos, mejor que si lo hiciera una familia u otra entidad. Según esta teoría ésta es la característica principal por la que existe la banca. Esta nueva doctrina bail-in nos dice que este no es el caso, que en realidad la banca no sabe lo que hace y que somos nosotros los que la tenemos que vigilar. Entonces nos preguntamos, ¿para qué sirve un banco? La doctrina bail-in contradice completamente la teoría económica neoclásica, y según esta nueva doctrina la banca no debería existir y los particulares y empresas deberían prestarse unos a otros y hacer ellos mismos el trabajo de seguimiento de los proyectos de sus deudores para vigilar que el dinero sea devuelto.

Mostramos un esquema de cómo funciona el sistema de resolución que refleja el carácter de la burocracia laberíntica de la UE, con el único objetivo de crear opacidad para ocultarse de la auditoría de la ciudadanía:

Fuente: Financial Times

Este acuerdo es un paso importante aunque incompleto, hacia la unión fiscal y política en la Unión Europea. El acuerdo supone una unión fiscal, al menos parcial a través de la mutualización del fondo, en 2026. Pero este acuerdo, dada la crisis que amenaza la supervivencia del euro, parece sólo un paso incompleto sin un acuerdo más amplio de unión fiscal, en el que se permitan transferencias fiscales y se mutualicen deudas públicas estatales. El acuerdo definitivo no parece cercano debido a la reticencia alemana, que persiste en mantener su hegemonía respecto a Bruselas en todo este proceso de integración.

A pesar de llevar en su historial el rechazo del tratado de Maastricht en referéndum por parte de Dinamarca, el rechazo de la Constitución en distintos referéndums por parte de Francia y Holanda, la violación del Pacto de Estabilidad por parte de estados integrantes que hoy proclaman disciplina fiscal como Alemania, la creación de fondos y mecanismos de rescate a la banca con fondos públicos establecidos en paraísos fiscales bajo leyes opacas y extracomunitarias como el MEDE, la destrucción de las economías del sur de Europa con políticas neoliberales, y así un largo etcétera, vemos que la UE continúa avanzando, no sin dificultades, en su proyecto imperialista.

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