Las colaboraciones público-privadas (CPPs) como herramientas de privatización


El informe “Las colaboraciones público-privadas (CPPs) como herramientas de privatización» es una publicación en tres partes que hace una radiografía del marco legal de este tipo de contratos en el Estado español, estudiando en profundidad el caso de las infraestructuras, la sanidad y la educación. Nos ubica en el marco global, explicando las causas estructurales de este gran empuje de privatizaciones encubiertas de nuestros servicios y bienes públicos. Disponibles para descarga:

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Tras las advertencias de la UE sobre las deficiencias del Estado en la supervisión y regulación de este tipo de contratos, primero el gobierno del PP creó la Oficina Nacional de Evaluación (ONE) -que no produjo ningún resultado-, y luego el gobierno del PSOE, desde junio de 2018, la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública (OIReScon), que tiene como misión velar por la correcta aplicación de la legislación y, en particular, promover la concurrencia y combatir las ilegalidades y corruptelas en la contratación pública. Se rigen por la Ley de contratos del sector público (TRLCSP) y no existe un reglamento específico que las regule. A fecha de hoy, no constan publicaciones sobre si el mandato del órgano regulador OIReScon se está cumpliendo, mientras sobran los ejemplos de proyectos CPPs nocivos.

Las CPPs (definición ODG) nacieron en 1992 en el Reino Unido como una treta contable para esquivar las restricciones del gobierno sobre el endeudamiento público, lo que sigue siendo la principal atracción para gobiernos y las instituciones internacionales. Su uso se ha disparado con la imposición de austeridad y la política de privatizaciones como una forma de equilibrar los presupuestos mediante la ocultación del endeudamiento; privatizaciones encubiertas.

Son fórmulas para que el sector privado construya y gestione bienes o servicios tradicionalmente públicos como hospitales, escuelas, carreteras, vías férreas, agua, saneamiento o energía. Respaldadas con garantías públicas, trasladan el riesgo a lo público. Sus prácticas contables permiten a gobiernos mantener el proyecto fuera de sus cuentas (no son transparentes ni auditables), ya que es el sector privado -y no el gobierno- el titular del préstamo que financia el proyecto.

Los resultados son abrumadoramente negativos y pocos han conseguido resultados positivos para el interés público, exponiéndonos a tremendos riesgos

  • SOBRE-COSTES: suelen ser el método más caro de financiación, de alto riesgo y gestionados a menudo de manera poco eficaz.
  • DEUDA: hay una falta total de información sobre los avales públicos en proyectos CPP, no pudiendo calcular cuánta deuda pública se podría crear si lo público tiene que rescatar una inversión privada; una deuda que podría calificarse como ilegítima.
  • AMENAZA A LA DEMOCRACIA, FALTA DE TRANSPARENCIA Y CORRUPCIÓN: muchas veces socavan el derecho y la obligación del Estado de regular en el interés público, adolecen de falta de transparencia (con una baja de publicación de contratos, información fiscal deficiente y procesos de toma de decisiones opacos y deficientes) y tienen un escrutinio público limitado, que conduce en muchos casos a un aumento de oportunidades para el comportamiento corrupto. Tampoco garantizan la libre concurrencia (contratos cerrados sin publicación previa).
  • IMPACTOS SOCIALES, AMBIENTALES Y DE GÉNERO: pueden resultar en abusos a los derechos humanos, sociales, ambientales y de género, ya que lo que importa al inversor privado es la rentabilidad económica, con una tendencia a financiar mega-proyectos con impactos climáticos devastadores, destruyendo territorios y ecosistemas, y desplazando comunidades enteras, especialmente al Sur Global.

La proliferación generalizada de las CPPs sin evidencia de su éxito en términos económicos, sociales y medioambientales es inadecuada. Se necesita una estricta regulación, supervisión, control democrático y transparencia mientras se transita hacia un modelo 100% público y/o público-comunitario.

– No ocultando sus costes reales y reconociendo sus riesgos.
– Mejorando la transparencia y gobernanza, con procesos de participación ciudadana y democrática, y rendición de cuentas de los resultados.
– Cortocircuitando la corrupción y connivencia político-corporativa (facilidades y regalos).
– Haciendo una evaluación multi-criterio de los proyectos, no solo económico, con los beneficios sociales a la vanguardia.
– Mejorando el funcionamiento del sector público, cuyas inversiones en infraestructuras son mucho más altas que las privadas (el ratio es de 90% a 10%), y frenando la privatización encubierta.

La salud, educación, transporte e infraestructuras, entre otros, son servicios y bienes comunes para toda la población. Deben estar blindados en la Constitución como derechos fundamentales y protegidos ante intereses privados.

cpp privatizacion

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Referencias:
– El Proyecto Castor es un ejemplo paradigmático de CPP; provocó más de mil sismos y cerró sin haber entrado en funcionamiento ni un solo día. Hasta la fecha, el Castor ha costado al erario público unos 3.280mill€, que en un principio se cargó al bolsillo de las personas consumidoras de gas, ahora es un conflicto multidimensional pendiente de resoluciones y disputado desde la ciudadanía organizada a través del Caso Castor.
PPP Manifesto: firmado por 152 organizaciones de 45 países en contra del modelo CPP.
– Consejo de Europa en su informe Asociaciones público-privadas en la UE: Deficiencias generalizadas y beneficios limitados.

 

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